El Colegio San José Champagnat está clasificado en el régimen de libertad regulada y su sistema para los cobros de matrícula, pensiones y otros costos educativos, para el año escolar, se rige según los siguientes términos:

1. La pensión anual se cobrará en once (11) cuotas, canceladas de la siguiente manera: a razón de una (1) en la matrícula, y el excedente en 10 cuotas iguales de los diez (10) meses escolares, de Septiembre a junio.

2. Se establece como principal medio de recaudo un convenio con el banco CAJA SOCIAL y si no es posible se entrega mensualmente un recibo de pago cuyas mensualidades deberán ser canceladas dentro de los diez (15) días calendario de cada mes en la entidad financiera especificada, si no realizó el pago durante todo el mes se le cobra interés de mora que equivaldrá a $ 5.500 pesos (Cinco mil quinientos pesos M/C) de acuerdo a lo establecido en la ley lo que se encuentra especificado en el contrato de matrícula.

3. Las tarifas o escalas de matrícula y pensión de los estudiantes matriculados, que continúen en el colegio, se fijarán e incrementarán según el porcentaje determinado por el Ministerio de Educación, las tarifas aprobadas por el Consejo Directivo y autorizadas por la Secretaria de Educación Municipal.

4. Para efectos de matrícula y reserva de cupo para el nuevo período es requisito indispensable que los contratantes o acudientes se encuentren a paz y salvo con sus obligaciones con la institución respecto al año.



















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